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Declaración de Voluntad Vital Anticipada PDF Imprimir E-mail

La declaración de Voluntad Vital Anticipada es la manifestación escrita, hecha para ser incorporada al Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones que deben respetarse en la atención sanitaria que reciba en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad, según dispone la Ley 5/2003 del 9 de Octubre, de declaración de voluntad vital anticipada y las modificaciones en la Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte.


El derecho a realizar la declaración de Voluntad Vital Anticipada puede ejercerlo toda persona mayor de edad o menor emancipado, que esté en disposición de decidir con arreglo a sus convencimientos y preferencias. Hay que hacerla personalmente.

 

Más información

 

Registro de Voluntades Vitales Anticipadas

 

Ley de Declaración de Voluntad Vital Anticipada

 

 

 

 
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