La Junta de Andalucía ha puesto en marcha una nueva línea de subvenciones destinada a apoyar el cuidado y la atención directa de las personas diagnosticadas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en Andalucía.
Estas ayudas, que pueden alcanzar hasta los 14.400 euros por beneficiario, tienen como finalidad aliviar la carga económica y mejorar el cuidado directo y la calidad de vida de las personas afectadas y sus familias. El importe será abonado en un único pago del 100 % mediante transferencia bancaria, una vez firmada la resolución de concesión, y el periodo de ejecución será de un máximo de 12 meses, a partir del día en que se recibe el ingreso de la subvención.
Gastos que cubren las ayudas
La subvención permiten financiar diferentes necesidades vinculadas al cuidado y bienestar de las personas con ELA. Entre los gastos subvencionables se incluyen:
- Contratación de personal cuidador.
- Servicios de fisioterapia respiratoria y motora.
- Gastos de desplazamiento y transporte de la persona enferma.
- Material de higiene personal y cuidados específicos no cubiertos por el sistema sanitario.
- Material de comunicación aumentativa y alternativa, siempre que el coste unitario no supere los 300,51 euros.
- Gastos de gestoría relacionados con la tramitación.
Por el contrario, no estarán cubiertos:
- gastos destinados a reformas
- equipamientos superiores a 300,51 euros
- ni intereses bancarios, sanciones o procedimientos judiciales.
Cómo justificar la subvención
Las familias beneficiarias deberán presentar la justificación de los gastos en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del periodo de ejecución de la ayuda. La documentación deberá acreditar el importe total del presupuesto aceptado en la resolución de concesión.
Entre la documentación necesaria se encuentra:
- Relación clasificada de todos los gastos realizados. Esto es un documento Word o Excel organizado en filas y columnas, donde se detalle de forma clara cada gasto efectuado, su concepto, fecha, importe y justificante correspondiente.
- Facturas y justificantes bancarios de pago.
- Contratos, nóminas y comprobantes de pago en el caso de personal cuidador.
- Facturas deberán estar correctamente emitidas correctamente, con todos los datos fiscales del emisor y el IVA desglosado, si corresponde. Datos del destinatario (Nombre completo, DNI, dirección postal), y descripción detallada de los productos o servicios, así como su precio unitario.
Además, la normativa establece que no se admitirán pagos en efectivo iguales o superiores a 1.000 euros. Todas las facturas deberán ir acompañadas de su correspondiente justificante bancario que acredite el pago realizado.
La documentación podrá presentarse de forma telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía o presencialmente en oficinas de asistencia en materia de registros. Desde la Administración recuerdan la importancia de conservar los documentos originales durante al menos cuatro años.
Procedimiento en caso de fallecimiento
La normativa también contempla instrucciones específicas para los casos en los que la persona beneficiaria fallezca durante el periodo de ejecución de la ayuda. En estos casos, se puede presentar la documentación justificativa antes de que termine el plazo original.
- El fallecimiento se considera una circunstancia sobrevenida que impide continuar con la ejecución de la ayuda.
- Se debe comunicar esta circunstancia formalmente a la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones, enviando la documentación acreditativa del fallecimiento.
- Solo se podrán justificar los gastos que se hayan realizado hasta la fecha exacta del fallecimiento.
- El resto del dinero que no se haya gastado hasta esa fecha debe ser reintegrado a la Administración.
- Para devolver el dinero, debes remitir un escrito donde se identifique a la persona beneficiaria y el número de expediente, indicando el motivo (fallecimiento), y solicitando la devolución voluntaria de la ayuda no justificada.
- Una vez que reciban tu escrito, la Administración emitirá una «carta de pago».
- Con esa carta de pago podrás realizar la devolución del dinero no justificado, al cual se le sumarán los intereses de demora calculados desde el día en que os ingresaron la subvención.
ELA Andalucía recuerda la importancia de revisar detenidamente toda la documentación y los plazos establecidos para evitar incidencias en la justificación de las ayudas y garantizar así el acceso a estos recursos fundamentales para las familias afectadas por la ELA.





