Desde 2005 a tu lado

DECLARADA DE UTILIDAD PÚBLICA

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Cuánto desgrava tu cuota de socio y todos los donativos a ELA Andalucía

¿Cuánto desgrava mi cuota de socio de 20 € mensuales a ELA Andalucía? Si colaboras con una cuota mensual de 20 € al mes, en realidad solo te costará 5,20 € al mes, Hacienda te devolverá el resto en tu Declaración de la Renta.

Si donas a una ONG, entre ellas a ELA Andalucía, además de contribuir a una causa solidaria, puedes deducirte parte del importe donado en tu siguiente declaración de IRPF (para personas físicas) y en el Impuesto de Sociedades (para empresas).

La Campaña de la Renta se abre en el mes de abril y los contribuyentes obligados pueden presentar su declaración a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En la declaración se reflejarán los donativos realizados el año anterior y las deducciones a las que dan derecho.

En enero, ELA Andalucía comunica a Hacienda, todas las cuotas de socio recibidas, así como todos los donativos recibidos de personas particulares y empresas. De esta forma, la donación aparece de forma automática en el borrador de la renta del contribuyente.

Deducciones si eres donante particular

Existen deducciones fiscales por donativos a ONG que pueden ir del 40% al 80% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). De los primeros 250 € que dones, te deduces 200 €. Estos son los porcentajes de deducción actualizado tras la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

Esto aplica a fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002. Además, debes tener en cuenta si tu comunidad autónoma está sujeta a un régimen foral particular o si cuenta con deducciones adicionales.

Por ejemplo, si colaboras con una ONG con 20 € al mes, en realidad solo te costará 5,2 € mensuales. Y si donas 50 € al mes serán 20,2 €. ¿No crees que vale la pena colaborar con ONG? Además de colaborar, las familias con ELA se benefician de todos los servicios disponibles: fisioterapia en casa, ayuda a domicilio, préstamo de productos para la autonomía y la comunicación, atención psicológica, ayuda social…

Calendario fiscal: del 1 de enero al 31 de diciembre

Cada año tienes hasta el 31 de diciembre para colaborar con entidades sin ánimo de lucro y maximizar las deducciones fiscales aplicables por donativos a ONG.

En abril, cuando se abra el periodo de presentación de IRPF y obtengas tu borrador, se reflejarán las aportaciones a ONG que hayas realizado durante el año anterior y las deducciones correspondientes. Si no aparecen, puedes añadirlas manualmente a partir de los datos consignados en el certificado de donación que te habrá facilitado la asociación o fundación con la que hayas colaborado.

Para donaciones realizadas en 2023

Ten en cuenta que en la declaración de IRPF correspondiente a 2023 que se presentará a partir de abril de 2024 se aplicarán los porcentajes de deducción anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre. El 80% de deducción aplicará a los primeros 150 € donados, y la cantidad restante tendrá una deducción del 35% o del 40% si se ha donado al menos el mismo importe a la misma ONG en los dos ejercicios anteriores.

Las X, otra forma de colaborar que no cuesta nada

Y cuando hagas tu declaración del IRPF tienes una oportunidad más de colaborar con ONG marcando la X Solidaria. Se trata de la casilla 106, denominada “Actividades de interés social”. A través de ella, podrás destinar el 0,7% del IRPF a la realización de proyectos sociales.

No te costará más ni te devolverán menos y con tu aportación ayudarás a millones de personas mayores, con discapacidad, mujeres, jóvenes…

La casilla 105 corresponde al sostenimiento y obras de caridad de la Iglesia Católica. Como se explica en la página de la campaña X tantos, la cantidad que se recibe de los contribuyentes que marcan la casilla 105 se reparte solidariamente desde el Fondo Común Interdiocesano.

A través de estas dos opciones, independientes y compatibles entre sí. Es decir, podemos marcar a la vez el 0,7% en la casilla 105 y 0,7% en la casilla 106.

Deducciones si eres persona jurídica (empresa)

El porcentaje de deducción por donativos a ONG en cuota en el Impuesto sobre Sociedades (IS) es del 40% (con el límite del 15% de la base imponible). Esta deducción se incrementa al 50% si se han realizado donativos de al menos el mismo importante a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores. Esto aplica a fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002.

En la presentación del IS correspondiente a 2023 se aplicarán los porcentajes de deducción anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, es decir, el 35% o el 40% si se ha donado al menos el mismo importe a la misma ONG en los dos ejercicios anteriores. El límite será del 10% de la base imponible

Además, puedes contribuir también a fines sociales marcando la X Solidaria cuando presentes el Impuesto de Sociedades (IS). Destinarás un 0,7% del impuesto a financiar proyectos sociales y no tiene ningún coste para tu empresa. El nombre completo de la casilla es “Opción del 0,7% de la cuota íntegra para fines sociales” y su número es 00073 en el modelo 200 y 069 en el modelo 220.


¿Todos los donativos dan derecho a deducción?

No. Solo los realizados a organizaciones acogidas a la ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Para ello, deben cumplir una serie de condiciones: ser entidades sin ánimo de lucro y perseguir fines de interés general. Es el caso de las fundaciones y las asociaciones Declaradas de Utilidad Pública.

Entre estas asociaciones, está ELA Andalucía.

Fuente de la información: Fundación Lealtad

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